Las reglas del juego
- Inscripción patronal: obligatoria al llegar a 3 trabajadores (recomendable desde el primero).
- Afiliación: cada trabajador nuevo, desde el primer día de labores, reportado en la planilla mensual.
- Cuotas sobre salario ordinario (la bonificación incentivo de Q250 NO paga IGSS):
| Concepto | Tasa |
|---|---|
| IGSS — cuota patronal (enfermedad, maternidad, accidentes, IVS) | 12.67% |
| IRTRA (recreación) | 1.00% |
| INTECAP (capacitación) | 1.00% |
| Total aporte patronal | 14.67% |
| Cuota del trabajador (se descuenta del salario) | 4.83% |
Los descuidos más comunes
- Afiliar al trabajador semanas después de contratarlo ("cuando pase el período de prueba" — no existe esa excepción).
- Reportar al IGSS un salario menor al real: baja tu cuota hoy, pero infla tu contingencia en prestaciones y pensiones mañana.
- Pagar tarde: los recargos crecen solos y aparecen en cualquier revisión cruzada con SAT.
El IGSS es de los primeros documentos que pide el inspector — revisa la guía de inspección completa y el checklist.
Preguntas frecuentes
¿Tengo 2 trabajadores, me inscribo igual?
No es exigible aún, pero sí recomendable: al contratar el tercero la obligación nace de inmediato, y la inscripción anticipada evita el período descubierto.
¿La planilla del IGSS se cruza con SAT?
Las instituciones cada vez cruzan más información. Incoherencias entre lo declarado a SAT y lo reportado al IGSS son un imán de revisiones de ambos lados.
¿Qué es el IVS?
Invalidez, Vejez y Sobrevivencia: el programa de pensiones del IGSS. Se financia con las cuotas — por eso el salario sub-reportado también golpea la futura pensión del trabajador.
Contenido informativo general basado en el Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441) y leyes complementarias. No constituye asesoría legal para un caso concreto. Corporación Estrategia Empresarial · Guatemala.
